Los niños son sujetos de derechos y responsabilidades

Los niños son sujetos de derechos y responsabilidades
Hagamos espacios para que los jueguen

Un abuso que es una cuestión de clase

Casación liberó a un pastor condenado por abusar de mujeres a las que convencía de que así se salvarían del fin del mundo. Dos eran adolescentes. Ahora, los jueces consideraron que no hubo corrupción porque ese nivel social “acepta relaciones a edades muy bajas”

Por Mariana Carbajal para pagina 12



En un polémico fallo, la Sala I del Tribunal de Casación bonaerense anuló una condena a un pastor de un culto no reconocido por corrupción de menores en perjuicio de dos niñas de 14 y 16 años de familias pobres, al argumentar que el delito no se configura al tratarse de “mujeres que viven en comunidades en las que el nivel social acepta relaciones a edades muy bajas” y que “además poseían experiencia sexual”. La sentencia, de los jueces Horacio Piombo y Ramón Sal Llargués, fue recurrida ante la Suprema Corte de la provincia por el fiscal adjunto ante Casación Penal, Jorge Armando Roldán, quien consideró, en diálogo con Página/12, que “discrimina a los sectores sociales más humildes y por ende más vulnerables a determinados delitos” y también “incurre en la falacia de incluir otro argumento que no tiene apoyo en las constancias probadas en la causa como la supuesta experiencia de las menores con otros hombres”. Las dos chicas, igual que otras mujeres que concurrían a la Iglesia Evangélica Jesús es el Camino de la localidad de Merlo, fueron abusadas sexualmente por el pastor. Se probó en el juicio que por el año 2000, las sometió a un proceso de “lavado de cerebro” para hacerles creer que se venía el fin del mundo y que sólo se salvarían las que engendraran hijos de él.



Tres organizaciones, el Colectivo de Investigación y Acción Jurídica (CIAJ), junto con el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA) y la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), adelantaron a Página/12 que presentarán un amicus curiae en el que denunciarán los “prejuicios sexistas y clasistas” en los que se basan los fundamentos expresados en el fallo y a la vez dejarán sentada su preocupación por la repetición de resoluciones firmadas por la misma sala de Casación que atenúan penas en casos de condenas de delitos sexuales sin argumentos jurídicos contundentes.



La sentencia del Tribunal de Casación favoreció al pastor Francisco Avalos, actualmente de 59 años. Fue firmada el 15 de marzo, pero recién trascendió ahora. De nacionalidad paraguaya, Avalos había creado la “Iglesia Evangélica Jesús es el Camino” que tenía su sede en el barrio Parque San Martín, de Merlo, donde se habría instalado a fines de la década del ’80. En el juicio oral –aunque no público por tratarse de víctimas menores que fueron violadas–, se probó que actuaba con la ayuda de una mujer que oficiaba de colaboradora suya, ante un grupo “elegido” de mujeres de la feligresía, “influenciándolas y sometiéndolas psicológicamente bajo todo el poder del fanatismo religioso que también les inculcaba, al punto que, al menos las menores, no estuvieron en posición de negarse a lo que en realidad era, la satisfacción de los deseos sexuales del imputado, que se fue valiendo de su grey como un harén”, afirmó Roldán en el recurso extraordinario que elevó ante el máximo tribunal provincial.



El 8 de septiembre de 2004, el Tribunal Criminal Nº 4 de Morón lo condenó a 18 años de cárcel “por cuádruple abuso sexual con acceso carnal agravado por ser el imputado un ministro de culto, en concurso ideal con dos hechos de promoción de la corrupción a menor de edad calificados por intimidación, todos en concurso real entre sí”. Los delitos fueron cometidos entre los meses de abril y agosto de 2000 contra dos chicas, de familias humildes, que tenían 14 y 16 años en el momento de los hechos. Luego de mantener relaciones sexuales en varias oportunidades con Avalos, las niñas tuvieron cada una un hijo del pastor. Avalos se aprovechó de su “situación de vulnerabilidad”, según quedó demostrado en el juicio oral, e introdujo entre sus fieles la idea de un inminente fin del mundo y que sólo se salvarían aquellas que tenían un hijo con él, por ser “elegidas de Dios”. Les decía que se encarnarían en figuras bíblicas. Y las citaba para mantener relaciones sexuales con él, dándoles turnos, y haciéndoles creer que engendrar un hijo suyo era una “obra para el mundo”, y que ésa era su “misión en la tierra”. En el juicio oral declararon como testigos varias mujeres que también resultaron las “elegidas” de Avalos para procrear con él, entre ellas la mamá de una de las niñas abusadas. Con ella también el pastor tuvo un hijo. La investigación se inició a partir de la denuncia del padre de una de las niñas, que al regresar de un viaje descubrió que su hija estaba embarazada.



Al revocar la condena por los delitos de corrupción de menores, Casación le redujo al pastor la pena casi a la mitad, 9 años y seis meses de prisión, y ordenó su excarcelación. Avalos lleva 8 años de cárcel efectiva. Sin embargo, seguirá detenido, informó el fiscal Roldán, debido a que por los hechos que se ventilaron en el juicio oral se abrieron nuevas investigaciones y quedó procesado por otros delitos. Habría tenido 18 hijos con fieles que concurrían a su iglesia.



En el fallo de la Sala 1, el juez Piombo pronuncia el primer voto y aporta los argumentos para absolver a Avalos del delito de corrupción de menores. Sal Llargués adhiere a ese voto. Para los dos jueces, “hoy solo situaciones muy excepcionales de deterioro moral como las que implican despertar prematuramente la sexualidad de un menor no púber, o desviarla, llevándola al exhibicionismo masivo o a la aberración, o convencer de la naturalidad del trato sexual entre padres e hijos pueden permitir aplicar una figura que condensaba inicialmente ideas más pacatas o victorianas”, sostuvo Piombo. A continuación consideró que, “lo hecho por el encartado (Avalos), tener relaciones con mujeres que viven en comunidades en las que el nivel social acepta relaciones a edades muy bajas; que, además, poseían experiencia sexual –incluso en yacer con otros hombres– (...) no lo veo como algo moralmente edificante pero tampoco como un quehacer aberrante, repulsivo, que hiera la integridad sexual”, de las víctimas. “Este argumento resulta discriminatorio de los sectores sociales más humildes”, alegó el fiscal adjunto ante el Tribunal de Casación. Además, aclaró, “se incurre en la falacia de incluir otro argumento que no tiene apoyo en las constancias probadas de la causa que es la supuesta experiencia de las menores con otros hombres”.



En su apelación ante la Suprema Corte, el fiscal Roldán consideró que el Tribunal de Casación incurrió “en absurdo y arbitrariedad en la valoración de la prueba” al absolver a Avalos por el delito de promoción de corrupción de menores.
Nora Bär


LA NACION





Son tan inocentes como todos, pero por esas desgraciadas piruetas del destino deben enfrentar una dura realidad: crecer tras las rejas.



Tal es la condena, sin causa, que muchas veces se ven obligados a sobrellevar los chiquitos de hasta cuatro años de mujeres que delinquen. Por primera vez, un estudio que acaba de recibir el premio anual de la Sociedad Argentina de Pediatría analizó el crecimiento y el desarrollo, la integración social y las prácticas de crianza de los chicos que viven con sus madres en prisión, una realidad tan poco conocida que en la bibliografía frecuentemente se los llama "los niños invisibles".



Los resultados que arroja este trabajo son tanto un puntapié inicial para encarar estudios más profundos como un llamado de atención, ya que aunque no se encontraron déficits importantes en su desarrollo, sí se detectó una alta prevalencia de trastornos emocionales.



"Hace unos tres años, Clemente Berardi, pediatra de la Unidad N° 31 del Servicio Penitenciario Federal, se acercó al Servicio de Crecimiento y Desarrollo del Hospital Garrahan porque, más allá de las toses y las fiebres habituales, se preguntó algo trascendente -cuenta Horacio Lejarraga, jefe del servicio-: cómo estaban creciendo y desarrollándose esos chicos."



Los especialistas se plantearon, entonces, realizar un estudio integral, que incluyera desde evaluaciones del estado nutricional de los chicos, hasta de su crecimiento, de la existencia de trastornos "inaparentes" (como el retardo en la adquisición del lenguaje o en la motricidad). También les aplicaron un test argentino (la prueba nacional de pesquisa o Prunape), midieron su cociente de desarrollo y las pautas de crianza.



"Incorporamos a un grupo del Centro de Rehabilitación Nutricional de La Plata [Ceren, del Conicet] que ya había trabajado con madres de la zona y que nos permitió comparar los resultados obtenidos en la prisión con los de la comunidad en libertad -explica Lejarraga-. Y por último, hicimos entrevistas personales con las madres para indagar cuáles eran sus ideas, sus temores, sus deseos respecto de la crianza de sus hijos."



El equipo conformado por Lejarraga y Berardi, más la licenciada Susana Ortale, y las doctoras Adriana Sanjurjo, María Magdalena Contreras, Celina Lejarraga y María José Martínez Cáceres, junto con la alcaide Verónica Masarik y la licenciada Lilian Rodríguez, de la Unidad 31, estudió a 68 chicos y 66 madres.



El análisis de los datos obtenidos reveló que no hay diferencias entre estos niños y la población general en cuanto a la estatura, el desarrollo psicomotor y cociente intelectual, pero sí se encontraron dos problemas relevantes: sobrepeso y alta prevalencia de trastornos emocionales, sobre todo en los mayores de dos años.



"Esto no está resuelto -afirma Lejarraga-: hay países que no admiten que los chicos pasen ni un solo día en prisión, como Suecia; otros, como Italia y España, que los admiten hasta los tres años, y otros, como Bolivia, que permiten que permanezcan allí hasta los seis. En todos los casos, se da una tensión entre los beneficios del amor maternal y los prejuicios de un medio ambiente de riesgo."



La Unidad 31 es una prisión de mediana seguridad, en la que cada mujer dispone de una pieza individual para ella y su hijo. Allí, los chicos desayunan con sus madres y van a un jardín de infantes por la mañana y por la tarde, mientras ellas estudian o trabajan. "Nuestra unidad es una de las pocas en el mundo que le da los alimentos a la madre para que elaboren ellas mismas la comida y así reforzar la función nutricia de la madre", subraya Berardi.



Sin embargo, todo indica que el problema es la falta de libertad. "Los chicos no quieren volver... cuando se hacen un poquito más grandes, desarrollan un lenguaje carcelario... -explica Lejarraga-. Las madres ofrecieron opiniones muy valiosas. «Lo bueno de todo esto, dicen, es que estoy con él todo el día. Lo malo, es que estamos presos». Pidieron que los chicos vean más el mundo, autos, perros, gente. Cosas que nos parecieron muy lógicas."



Para los médicos, el mensaje de esta investigación es que "cuando se habla de mandar a alguien a prisión, hay que pensar que esa persona no está aislada en el mundo, sino que tiene vínculos. Las mujeres tienen hijos".



"Estas son decisiones tan trascendentes para el futuro de los niños que deben ser tomadas después de haber reunido evidencias sobre qué conducta es la mejor", apunta Lejarraga. Como consecuencia de este trabajo, que se publicará a comienzos del año próximo en la revista Journal of Correctional Health Care , los especialistas propusieron la creación de un Programa Nacional de Vigilancia del Crecimiento y Desarrollo de estos niños en todas las penitenciarías del país. "No como investigación solamente, sino como asistencia -concluye el especialista-. Será algo único en el mundo."

En noviembre en el Congreso de Madres

Amigos : En noviembre estaremos en el Congreso de Salud Mental y Derechos humanos en la asociación Madres de Plaza de Mayo . Estaremos con dos talleres : uno sobre derechos e infancias y otro "entre cuerpo y palabra " .

La ley de Infancias en la perspectiva de un caso particular

EN el 2006 Unicef publicó su informe anual de actividades. En la página 5 de dicha publicación se puede leer: “ 87% de los 19.579 niños, niñas y adolescentes privados de libertad según una investigación realizada en 2006 , se encontraban institucionalizados por causas asistenciales y de protección. (el subrayado es nuestro )


El artículo en cuestión continúa en la aclaración de lo que hay que entender por causas asistenciales y de protección:

Dice textual “…., es decir, relacionadas con la situación de pobreza o conflictos familiares con los que viven, y no por la comisión de delitos”.



Haciendo un poco de historia:


Emilio García Mendez: “Infancia .De los derechos y de la justicia “

Capítulo I .Legislaciones infanto –Juveniloes en Ameríca Latina : modelos y tendencias.

l. Los orígenes:

“El tratamiento jurídico diferenciado de la infancia-adolescencia en América Latina se remonta a las primera décadas del siglo XX. EN 1919, se promulga en Argentina la primera legislación específica, la ley 10.903, mas conocida como Ley Agote.

lll. Las legislaciones de menores :criterios de análisis y clasificación. (Capítulo l)
El 20 de Noviembre de 1989 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprueba la llamada Convención Internacional de los Derechos del Niño(CIDN).constituyéndose en la divisoria de aguas respecto de la historia de los derechos de la infancia en América Latina.

Antes de la Convención , todas las legislaciones de menores se inspiraban sin excepción en los principios de la doctrina de la situación irregular .


Algunas características de la doctrina de la situación irregular.

a) Estas leyes presuponen la existencia de una profunda división al interior de la categoría infancia: niños-adolescentes y menores (entendiéndose por estos últimos el universo de los excluídos de la escuela, la familia, la salud,etc) .
b) Centralización del poder de decisión en la figura del juez de menores con competencia omnímoda y discrecional.
c) Judicialización de los problemas vinculados a la infancia en situación de riesgo, con una clara tendencia a patologizar situaciones de origen estructural.
e) Criminalización de la pobreza, disponiendo internaciones que constituyen verdaderas privaciones de libertad, por motivos vinculados a la mera falta o carencia de recursos materiales.
f) Consideración de la infancia , en la mejor de las hipótesis , como objeto de la protección.

Vl ¿Por qué una nueva ley para la infancia?
…”La Convención Internacional aparece hoy como el dispositivo central de una nueva doctrina :la doctrina de la protección integral . Este nuevo paradigma posibilita repensar profundamente el sentido de las legislaciones para la infancia convirtiéndolas en instrumentos eficaces de defensa y promoción de los derechos humanos específicos de todos los niños y adolescentes .

La ruptura con la vieja doctrina es evidente.

VII –Rasgos centrales de las nuevas legislaciones latinoamericanas basadas en la doctrina de la protección integral.

Me interesa resaltar especialmente dos puntos :
1)Se eliminan las internaciones no vinculadas a la comisión _debidamente comprobada-de delitos o contravenciones.
2) Consideración de la infancia como sujeto pleno de derechos.
3) La libertad de expresar libremente sus opiniones.

Dice Emilio García Mendez: “Obliga a las autoridades gubernamentales a repensar el concepto de políticas públicas”.


Lucila E. Larrandart/Graciela E. Otano “Desarrollo de los Tribunales de Menores en Argentina…”

…”En octubre de 1921 se sanciona el Código Penal, ley 11179, en base a un proyecto que había sido presentado en el año 1917 , y que es el que , con algunas modificaciones , actualmente nos rige”….” El art. 39 establecía la facultad del tribunal de privar a los padres de la patria potestad y a los tutores de la tutela, en todos los casos de delito cometido por un menor, para lo cual tendría en cuenta las situaciones de éste y de sus padres, tutores o guardadores y lo que convenga al desenvolvimiento moral y educacional del menor”(Las cursivas son del autor).

Hasta ahora no nos hemos apartado del marco jurídico tanto en lo que hace a la nueva legislación como a la anterior….


Presentación del caso.

Presentaré a continuación un caso tratado en A.I.A.N.A que transcurre en momentos previos a la reglamentación de la nueva ley de Infancia hoy vigente en nuestro país.

Es decir se contaba con la Convención pero no todavía con las leyes que regularan su ejercicio en nuestro país. Con lo cual se continuaba con una modalidad de práctica jurídica que seguía los postulados de la ley Agote de protección del menor.

La Institución a través de la psicóloga que llevaba el caso pide una entrevista para presentar la problemática.

La problemática era: una paciente menor de edad con su hijo menor de un año, cuya madre solicita protección a la Justicia. El juez que interviene en el caso decide su internación en el Hogar Nuestra Señora del Valle que en ese momento albergaba madres adolescentes.

La paciente no entiende muchas cosas y el espacio del tratamiento psicológico debería servir para apaciguar sus reclamos. A qúe nos referimos cuando hablamos de reclamos? Paso a enumerar:

La paciente no entendía:

1) Por qué se la encierra a ella y a su hijo, si ella no había hecho nada. Muy por el contrario había sido víctima de un ataque violento de su pareja (padre del hijo que tuvieron) que le había clavado un cuchillo en la pierna en un ataque de celos.

2) Por qué no la dejaban salir a la calle, ni siquiera para llevar a la plaza a su hijo.

3) Si la querían proteger por qué no se ocupaban del hombre que la había agredido que era adicto a las drogas?

4) Por qué el juez se negaba a recibirla?

5) Por qué en la Institución la amenazaban con quitarle a su hijo si no hacía lo que le decían ¿?

Una psicoanalista recibe a la D. en su consultorio. La paciente habla, se queja, trata de entender lo que le resultaba incomprensible y atribuía a una injusticia .
O acaso no lo era? Solo quedaba prestar oídos y ubicar lo que era del campo jurídico y que la afectaba profundamente… y que sin “haberlo aprendido en ningún lado “ la ubicaba en confrontación con aquella modalidad y que se enmarcaba en las consideraciones de la Convención I. pero que no se aplicaban aún en nuestro país. El espacio de su palabra dirigida al analista le permitió recuperar, y recortar su dignidad perdida primero por el maltrato de un hombre y después por el de una sociedad que a través de sus Instituciones Jurídicas decide no escuchar ciertas cosas.

La analista recibe a la psicóloga del Hogar, y aporta elementos al Juez de la causa a través de informes muy breves que pretender ayudar al Juez. La tensión que se produce entre lo que D. está dispuesta a soportar, lo que las autoridades de la Institución creían que debían permitir y la indiferencia del Juez desencadena la huída de D. del Hogar. Después de una salida a visitar a sus padres decide no volver. Hace un llamado al Hogar exigiendo algunos puntos para volver. Su pedido tenía que ver con ser recibida por el Juez, y pedir que una Institución a través de la Justicia se hiciera cargo de la salud del padre de su hijo.


Después de alguno tiempo se reglamentó la ley sobre derechos de niños, niñas y adolescentes…en un encuentro casual con la Directora del Instituto me dice: D. era un caso para la nueva ley…

Me quedé pensando en el comentario y quiero compartir con ustedes algunas conclusiones :

En este momento que la ley Agote ya no tiene vigencia, donde tienen plena vigencia los derechos de niños, niñas y Adolescentes… nos espera una ardua tarea … que tendrá que ver con modificar la mirada que una sociedad tiene y ha construido en relación a la infancia.

En el año 2006 Aiana junto con la universidad CAECE organizó un taller sobre la temática…

En esta oportunidad sólo haré mención de un comentario que una madre asistente al talller me hace sobre el derecho a la opinión de los niños , niñas y adolescentes.”ni loca les hago leer estos derechos a mis hijos.. porque si ahora no los controlo que haré después de que conozcan sus derechos ¡!!!!
AIANA Y LA UNIVERSIDAD CAECE
Educación Continua - Ciclo de Actividades 2010
DERECHOS DEL NIÑO
LOS NIÑOS COMO SUJETOS PARTICULARES

Objetivos
Ejes conceptuales
Programa

COORDINACIÓN:
Silvia Weitzman
Lic. en Psicología

EQUIPO DOCENTE:
Rosa Apartín
Graciela de la Llera

Destinatarios:
El curso está destinado a todas aquellas personas interesadas en la temática de la Infancia.
El curso propone constituirse es un espacio de reflexión, de debate y de conversación de los modos, usos y costumbres que cada uno ha adoptado en su labor cotidiana con niños, niñas y adolescentes. Pretende abrir interrogantes porque sólo por esa vía es posible hacer lugar a lo particular que cada niño plantee. Reconociendo un saber en cada sujeto, sin olvidar que todo niño necesita de otro que lo sostenga, y que es el adulto el que debe asumir esa función que no puede estar vacante.

Objetivos

Conocer La Ley de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes y las leyes del país surgidas en su inspiración.

Profundizar acerca de la concepción de niñez implicada en la Ley 26.061 que lo define a los niños y adolescentes como sujetos de pleno derecho.

Reconocer las diferencias que introduce la nueva Ley en relación al marco jurídico anterior.

Valorar la Ley 26.061 en su calidad de herramienta facilitadora para la toma de decisiones en tanto se constituye en un instrumento que reconoce y defiende a niños, niñas y adolescentes como sujetos de pleno derecho.

Valorar la capacidad del niño para expresar sus inquietudes, temores, ansiedades.

Valorar la necesidad de hacer lugar en el marco educativo a diferentes formas de expresión que le permitan al niño manifestarse en una etapa donde aún no dispone plenamente del lenguaje, o disponiendo ya de él, poder recurrir otros recursos simbólicos para expresarse.

Reflexionar sobre los modos de relación niño-adulto. La infancia de cada uno.

Reconocer los límites que todo niño debe tener en sus acciones y como, aún en un ámbito de libertad, el niño necesita de un adulto que lo oriente, lo ayude y lo sostenga.

Reflexionar sobre la adolescencia como una etapa diferenciada en el desarrollo personal.

Reflexionar sobre la adolescencia “Hoy”, sus diferencias y similitudes con la adolescencia de cada uno.

Profundizar sobre el vínculo adolescente –madre /padre. El lugar del adulto en la relación con el adolescente.

Debatir la relación adolescencia - embarazo como unos de los síntomas de la época.
Ejes conceptuales:

Creación de la ley Agote e implicancias de su utilización.

Ley de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.

Diferencias entre una y otra idea de niñez. Qué lugar le reserva al adulto cada marco jurídico.

Como pensar los límites de la actividad de niños y adolescentes, y los de la acción del adulto en relación al nuevo marco.

Reconocimiento del niño como sujeto de derecho pleno.

Qué es la adolescencia. Como pensar y posicionarse ante la maternidad adolescente. Relación adulto-adolescente.
PROGRAMA

Unidad 1 .Ley Agote.
Breve reseña histórica de su creación. Implicancias jurídicas y sociales de su aplicación. Limitaciones. Concepción de niñez que propone.

Unidad 2. Aplicaciones prácticas de la Ley Agote.
Trabajo con casos y resoluciones derivadas de la aplicación de la Ley de protección Agote. Idea de “menor” y alcances de la utilización del término en el campo social.

Unidad 3. Ley 26.061. De Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.
Concepción de niñez que reconoce. Implicancias del reconocimiento de los niños, niñas y adolescentes como sujetos de pleno derecho.

Unidad 4. Aplicaciones prácticas de la Ley 26.061.
Consecuencias prácticas de la aplicación de la Convención.

Unidad 5. La niñez. Una nueva mirada.
Cómo modifica la “Ley de Protección Integral” la mirada sobre la niñez. Cuál es el lugar del adulto a partir del reconocimiento del niño como sujeto de derecho pleno.

Unidad 6. Ley 26.061. Consecuencias sociales de su aplicación.
Qué cambios implica e implicará la aplicación de la Ley de Protección Integral en ámbitos extrajuridicos: educación, familia.

Unidad 7. Qué es la adolescencia hoy.
Relación adolescente- adulto. Características de la época y su incidencia en los modos del ser adolescente.

Unidad 8 .Adolescencia y embarazo.
Como pensar y posicionarse ante un embarazo adolescente como síntoma de la época.

Bibliografía.
BRAUNSTEIN, Néstor A. “Los dos campos de la subjetividad: Derecho y Psicoanálisis”.CULPA ,RESPONSABILIDAD Y CASTIGO EN EL DISCURSO JURIDICO Y PSICOANALÍTICO. (2006)
CASSIRER, Ernst. “Una clave de la naturaleza del hombre: el símbolo. Capitulo II. ANTROPOLOGIA FILOSÓFICA. (1944)
COSTA M. Y GAGLIANO R. “Las infancias de la minoridad”. Capitulo II. TUTELADOS Y ASISTIDOS. (2000)
Ley de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.
ECHAVARRI, Leticia. “Actores y producción legislativa en las políticas de infancia- adolescencia en la ciudad de Córdoba”. II CONGRESO NACIONAL DE SOCIOLOGIA JURIDICA.
GARCIA MENDEZ, Emilio : “Infancia y adolescencia en la Argentina actual: pautas político-jurídicas para la reforma legislativa”. Capitulo IX INFANCIA DE LOS DERECHOS Y DE LA JUSTICIA. Editores de Puerto S.R.L (2004)
GARCIA MENDEZ, Emilio. “Legislaciones infanto-juveniles en América Latina: modelos y tendencias”. Capitulo I INFANCIA DE LOS DERECHOS Y DE LA JUSTICIA. Editores de Puerto SRL. (2004)
NICOLETTI, Elena. “Desamparo, subjetividad y ley”. EL NIÑO. Publicación del C.I.E.N.
SAWICKE, Oscar. “Psicoanálisis y orden público”. PSICOANÁLISIS DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS.(2000)
SEGUÍ, Luis. “Niños y jóvenes criminales: el malestar que desborda”. EL NIÑO. Publicación del C.I.E.N.
TAFFETANI, Laura. “Buscando las bisagras”. Entrevista publicada en EL NIÑO. Publicación de C.I.E.N.
TAFFETANI, Laura. “La judicialización de la pobreza”. El niño. Publicación del C.I.E.N.
VALENTIN , Rodolfo. “Nota sobre la etimología de la palabra adolescencia.” PERIÓDICO “EL OTRO” (1982)
WEITZMAN, Silvia. “Una cuestión de piel”. Hacerse un cuerpo en transferencia. Editorial . CAP-DEC. (2002)
WEITZMAN, Silvia. “Caso A.”. Caso clínico presentado en las jornadas del departamento del Cuerpo de la Escuela de Orientación Lacaniana. (2004)

Estrategias metodológicas y recursos didácticos.
.Las actividades estarán orientadas a:
-Generar un espacio de trabajo confiable que permita que los participantes se expresan con libertad y puedan confrontar y compartir sus modos de actuar y de tomar decisiones.
-Hacer lugar a la experiencia de cada uno, siendo eso es un espejo en el que los demás puedan mirar y reconocerse.
-Valorar cada aporte como expresión de un sujeto que trabaja y se ha formado en un determinado marco teórico que hoy es cuestionado y reemplazado por otro.
-Hacer lugar a las dudas, temores, resistencias, que manifiesten los asistentes buscando involucrar a todos los presentes.
Para ello se incorporarán diferentes técnicas: exposición dialogada, pequeños grupos, rol playing, análisis de casos, lectura y discusión de textos y actividades no estructuradas.



Evaluación: en proceso y final.

Asistencia: 75%

Inicia: sábado 10 de Abril de 2010 de 9 a 12 horas

Duración: 12 encuentros de 3 horas cada uno

Cronograma:
10-11 y 24 de abril
8-15-22 y 29 de mayo
5-12-19 y 26 de junio
3 de julio

Arancel: $180 por mes
Docentes, Egresados y Alumnos de la Universidad Caece: 20% de descuento
Mínimo: 10 personas


Informes e inscripción de 14 a 18 hs.
Universidad Caece,
Junín 516. Ciudad de Buenos Aires
Teléfono: 5252-2800, Int.212
eroisen@caece.edu.ar

Se ha aprobado la administración de Prozac en niños por cuestiones de mercado.

La Vanguardia.es
ENTREVISTA A JUAN PUNDIK

Juan Pundik, presidente de la Plataforma Internacional contra la Medicalización de la Infancia
"Se ha aprobado la administración de Prozac en niños por cuestiones de mercado"
Juan Pundik denuncia que la Agencia Europea del Medicamento basa sus autorizaciones en investigaciones de los propios fabricantes del producto
Mònica Ramoneda 15/01/2008 Actualizada a las 02:15h
La Agencia Europea del Medicamento ( EMEA, en sus siglas en inglés) autorizó, en junio del 2006, la administración de Prozac en niños y adolescentes menores de 18 años. Desde entonces, la Plataforma Internacional contra la Medicalización de la Infancia, liderada por Juan Pundik, psicoanalista y presidente de Filium (Asociación para la Prevención del Maltrato del Niño), lucha para inhabilitar este dictamen. Consideran que las reacciones adversas que puede causar el medicamento en los menores son suficientemente graves como para cuestionar la validez científica de la autorización europea y denuncian que haya sido el mismo laboratorio que produce el Prozac quien haya hecho la investigación en la que se ha basado la EMEA para su dictamen.
Juan Pundik
Juan Pundik, psicoanalista con más de 40 años de experiencia, es fundador y director de la Escuela Española de Psicoterapia y Psicoanálisis (1976), fundador y presidente de FILIUM, Asociación para la Prevención del Maltrato al Niño (1977), y fundador y presidente del Comité Ejecutivo de la Comisión Nacional del Día del Niño. Es autor de varios libros, entre los que destacan "¿Qué es el psicoanalisis?", "El niño hiperactivo" o "Prozac ¿si o no?", entre otros. Actualmente dirige la Plataforma Internacional contra la Medicalización de la Infancia.
PALABRAS CLAVE
Agencia Europea, Parlamento Europeo, Comisión Europea, Consumidor
- ¿Por qué nace la Plataforma Internacional contra la Medicalización de la Infancia? -En los últimos años se han publicado muchos estudios que nos avisan que el enorme aumento del uso de antidepresivos que incrementan los niveles de serotonina constituyen una amenaza para la salud y la vida del paciente. Hace ya meses la EMEA aprobó la utilización del Prozac en niños sin tener en cuenta estos estudios y basándose en la solicitud del propio fabricante, que ha visto en los menores un inmenso nuevo mercado a explorar. Y aquí es cuando nació la Plataforma, para denunciar esta aberración. - ¿La Plataforma denuncia que se están administrando antidepresivos en niños por intereses económicos de la industria farmacéutica? -Que se permita a los laboratorios ser jueces y partes en las autorizaciones de sus productos ya nos permite hacernos a la idea del peso que tiene la industria farmacéutica en todo eso. Y no digo nada nuevo si desvelo que, demasiado a menudo, al médico que receta tal medicamento se le invita a tal congreso o se le hace tal regalo... Hay miles de denuncias contra este tipo de corrupción. - Entonces… ¿creemos demasiado ciegamente en los médicos? -El problema es que vivimos en una sociedad que corre y corre y no puede parar nunca; la ansiedad, el estrés y la depresión crecen y crecen, y la gente quiere drogarse para enfrentarse a todo eso. Es lo más fácil. Y esto es cuestionable en todos los casos, tanto en adultos como en menores... la diferencia está en que el adulto decide medicarse pero el niño no tiene ese poder. - ¿Cuáles pueden ser las consecuencias de administrar medicamentos como el Prozac en niños? -Los efectos secundarios del Prozac son muchos, ya lo indica el prospecto del propio fabricante. Actúa sobre la serotonina y hay que tener en cuenta que los niveles de serotonina en el organismo afectan a muchos funcionamientos, no sólo al neuronal… afectan a la frecuencia del latido cardiaco, regulan la secreción de hormonas por parte de la hipófisis, y en consecuencia afectan también al crecimiento, a los niveles de estrógenos y de testosterona… Nada se sabe realmente de los efectos adversos que puede provocar el Prozac … ¿estaremos creando gigantes?, ¿enanos? Nada se sabe y se administra alegremente. "Descubrí que se podía patalear y pataleé" - Su denuncia ha llegado hasta el Parlamento Europeo... -Creé la Plataforma, reuní las firmas suficientes y presenté el alegato al presidente de la Comisión Europea. No recibí respuesta y reiteré el texto hasta cinco veces. Entonces me dijeron que la cuestión le había sido encomendada, no a los responsables de Salud Pública y Defensa del Consumidor sino, a la Unidad de Productos Farmacéuticos de la Dirección General de Empresa e Industria, lo cual me pareció el colmo de lo descarado. De todo esto di cuenta al entonces Presidente del Parlamento Europeo que dio curso oficial a mi queja y así fue cómo me citaron ante la Comisión. - ¿Y qué respondió la Comisión Europea ante su alegato? -Algunos de los europarlamentarios presentes cuestionaron la administración de antidepresivos en infancia y adolescencia, pero otros defendieron enconadamente las bondades del Prozac, la confianza en las investigaciones de los laboratorios, la responsabilidad de los médicos que debían administrarla... -En conclusión... -Yo volví a pedir la palabra y añadí que si bien la industria farmacéutica nos brindaba las sustancias que protegían nuestra salud, también habían sido los generadores de los monstruos producidos por la talidomida, de las muertes consecuencia de la administración del antiinflamatorio Vioxx, ahora prohibido, y de centenares de medicamentos cuya autorización es anualmente revocada debido a consecuencias que provocan en quienes los toman y que se descubren tardíamente. Aquí el Presidente me informó que me había excedido en el uso de mi palabra, que me agradecía mi presencia y que mantendría abierta la investigación y solicitaría información ampliatoria. -En todo caso la lucha de la Plataforma continúa.. -Sí. Cuando empecé a patalear me di cuenta que existe el derecho al pataleo, así que pienso llegar hasta donde haga falta.
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Juan Pundik, alegando ante el Comité de Peticiones del Parlamento Europeo / Pundik
Se revocan autorizaciones de centenares de medicamentos debido a contraindicaciones que se descubren tardíamente

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Pintor en la luna. Marc Chagall
MOLESTOS ADOLESCENTES
Debate en Estados Unidos
Cuestionan un estudio sobre causas de suicidio
Carece de datos válidos que lo sustenten

La Nación. Sábado 22 de setiembre de 2007 Publicado en la Edición impresa
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Ciencia/Salud:

NUEVA YORK (The New York Times).- Días atrás, prestigiosos investigadores en psiquiatría vincularon el aumento de la tasa de suicidios de niños y adolescentes observado en 2004 con una advertencia de la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA, según sus siglas en inglés) sobre el uso de antidepresivos en menores. La advertencia de la FDA, sugirieron los investigadores, habría dado lugar a que los adolescentes con depresión severa no reciban tratamiento. Pero los datos del estudio, que fue publicado en la revista The American Journal of Psychiatry y recibió una inmensa publicidad, no brindan soporte a esa afirmación, según afirman algunos expertos que no participaron del estudio. Mientras que la tasa de suicidios entre los norteamericanos menores de 19 años rozó el 14% en 2004, el número de prescripciones de antidepresivos en ese grupo permaneció básicamente sin cambios y no cayó sustancialmente, como afirma el estudio. Las tasas de prescripción cayeron efectivamente un año más tarde, pero las tasas de suicidio de 2005 todavía no han sido difundidas por los centros para el control y prevención de enfermedades (CDC, según sus siglas en inglés), de los Estados Unidos. En el estudio en cuestión, los autores analizaron estadísticas sobre suicidios y uso de antidepresivos, y argumentaron que las agencias regulatorias quizás hayan creado un problema mayor al requerir que las farmacéuticas colocaran advertencias en sus productos sobre los potenciales efectos secundarios de los antidepresivos, lo que asusta a pacientes y médicos. "La explicación más plausible es una relación de causa y efecto: cambian las tasas de prescripción; entonces, cambian las de suicidio", dijo el doctor J. John Mann, coautor del estudio. Pero el doctor Ten Have y otros expertos, si bien señalan que podría resultar que una reducción en las prescripciones conduzca a un incremento de los suicidios entre los jóvenes, dicen que el nuevo estudio ni lo prueba ni lo contradice. En su lugar, argumentan algunos expertos, el estudio ilustra por qué las tendencias en materia de suicidio son tan difíciles de comprender.



Esta pequeña noticia que apreció como información en el diario LA NACION me llamó primero la atención, después de leerla detenidamente mi sentimiento fue pasando de una creciente alarma a una indignación final.

A partir de lo que enuncia el titulo: “Cuestionan un estudio sobre causas de suicidio” lo que aquí parecería ponerse en duda son los resultados de un estudio científico sobre las causas que determinan el suicido en general, disimulando bajo este titulo la magnificencia de la información: el incremento del suicido en EE.UU. de menores de 19 años medicados contra ese acto.
A partir de la perspectiva lógica de ese titulo solo se trata de un problema de error en un estudio científico y que se espera que sea subsanado por los mismos intereses.

Dicho estudio sobre las causas del incremento en las tasas de suicidios, según se deduce de la nota, se basaría en una estadística proporcionada por los centros para el control y prevención de las enfermedades (CDC) de EE.UU.

Esa estadística cuantifica que el 14% (leyó bien, casi uno y medio de cada 10) de los menores de 19 años se han suicidado durante el año 2004 en Estados Unidos. Esta información aparece en el contexto del articulo como algo que está en segundo plano de valor por su significación para esta noticia, porque esta noticia es únicamente de carácter científico y apuntaría a lo general de los factores de las causas del suicidio más allá de la particularidad de cada caso.

El desarrollo de la nota subraya la falta de claridad sobre los factores que determinaron el incremento de la taza de suicidios durante ese año.

Si bien la primera investigación remitía las causas del incremento a una disminución de la prescripción de medicamentos antidepresivos debido a las advertencias sobre los efectos colaterales de los mismos esto es negado terminantemente dentro de la misma nota, ya que una mejor lectura de dichas estadísticas revelan que la cantidad de medicamentos prescriptos se mantuvo durante el mismo año.

Lo que sí subraya la opinión científica dentro de la misma nota, es que habría una presunta relación entre las advertencias sobre los efectos secundarios de la medicación puestas en los lugares de venta de los productos, la valoración que pacientes y médicos harían sobre la misma a partir de dicha advertencia y la consecuente eficacia de los producto, sin alcanzar a describir dicha opinión cuales fueron las acciones concretas de los pacientes hacia la medicación que hicieron a la disminución de la eficacia de los productos.

Y una última opinión científica que acoge la nota subraya su impotencia para dar una lógica a “las tendencias en materia de suicidio”

Lo llamativo de la nota es que esté circunscripta a la causa médica y no considera que esas causas puedan estar más allá del orden de la medicina.

No consideran el vació que se produce en las personas que las empuja al intento, a veces logrado y otras no, de suicidio. Vació que se manifiestan como falta de valores donde ubicarse en el seno de una sociedad.

Seria conveniente preguntarse como puede ser que en una sociedad que refleja un abanico tan grande de elecciones, un joven menor se sienta empujado al suicidio como única forma de manifestarse, de encontrarse en lo que la misma forma de la acción manifiesta en si misma: la imposibilidad de encontrarse, hallarse, en un espacio subjetivo.

Lo irracional, según señala el artículo, es determinar las tendencias. Es decir, que ninguna lógica discursiva puede comprender la totalidad del fenómeno que lleva al suicidio para poder medir a todos los adolescentes que son llevados al mismo con un mismo parámetro. La logica medica para dar cuenta del suicidio de estos adolescentes, como algo generalizado, parece hacer agujeros. Ya un único remedio parecería no alcanzar para todos los casos afectados por este sufrimiento.

Habrá que comenzar a preguntarse que les pasa a los adolescentes de uno en uno.




Saúl Jelen

Cuando para algunos adolescentes su lugar social es el de lo peor.

Cautivo. Paul Klee.
Bajo el titulo "Detienen a tres adolescentes por hora por cometer delitos" el diario La Nación publica durante el mes de Octubre un articulo donde engloba como delincuentes, sin distinguir entre ellos, a un conjunto de adolescentes que son detenidos por diferentes motivos.

Estos adolescentes detenidos abarcan un amplio espectro de causas que van desde una minoría que lo son por delitos efectivamente cometidos, hasta una gran mayoría que son detenidos por ser sospechados por portación de un aspecto, en su mayoría, ligado a su condición socioeconómica y/o en segundo termino al color de su piel.

Dándole a la comisión de delitos como factor de las detenciones un primer plano en la información y proyectándola sobre el conjunto de adolescentes detenidos y una constante exposición de hechos delictivos cometidos por adolescentes en donde pareciera que el universal de la detención de los adolescentes estaría signado calificativamente por estos casos estadísticamente minoritarios y significativamente decrecientes para las estadísticas delictivas de nuestro país desde el año 2001 en adelante y más pequeños aún en comparación con las estadística delictiva entre adolescentes de otros países donde existen grades conglomerados humanos.

Pareciera según el tono de la nota, que el hecho de las detenciones en si mismas marcaran las diferencias que por su naturaleza tienen estos adolescentes de los otros adolescentes y no viesen en la marca del hecho de la detención misma un signo de la discriminación sistemática que es aplicada hacia determinados habitantes de nuestro país y la consiguiente modulación que dicho medio de opinión como formador de la misma difunde como política tendiente a la acentuación de la imposibilidad de integración de todos los argentinos en una misma comunidad de intereses.

Es decir las operaciones que se deberían hacer, como consecuencia de la nota, sobre el conjunto de los adolescentes con el fin de defender propiedades y vidas serian en primer paso la discriminación de determinados tipos de adolescentes dentro de una escala que los califique y, como segundo paso, la segregación de los mismos para evitar los males que podrían traer a los lectores de este tipo de diario el contacto con esos chicos.

Es notable como por una minoría de criminales o delincuentes que por su edad están en la adolescencia y que en la realidad no se distinguen por ser necesariamente exclusivos de una clase socioeconómica, se cambia el valor de la delincuencia por la generalización dentro de este calificativo de todos los adolescentes detenidos por cualquier motivo y sin prueba ninguna de haber cometido algún delito.

Pareciera que el único lugar que les abre a estos adolescentes como posible para su consideración como humanos dentro del sistema de valores determinado seria el de lo peor. Solo siendo lo peor podrían ocupar algún lugar dentro de lo humano de
nuestro sistema.

Parecería que en todos esos casos los adolescentes fueran plenamente responsables por cada una de las detenciones de las cuales fueron objeto no habiendo ningún motivo superior y abstracto que los lleve necesariamente a ello, ningún poder superior llámese mercado, pautas de consumo como valor de lo social, nada superior a su propia y obstinada decisión de ser contraventores y delincuentes por la que son determinados en sus acciones.

No parece que esta misma lógica referida a la responsabilidad personal de los actores, que cae con todo su peso cuando se trata de menores en condición pobres y preferentemente de piel oscura, les compitiese también a los formadores de precios y
valores dentro de nuestra sociedad.

Allí lo que se antepondría para que los artículos que son indispensables para que la gente viva con algún grado de dignidad no llegue a ellos, serian obstáculos que tendrían relación con variables a las que se les da un matiz de abstracción y universalidad como la oferta y la demanda de un producto en el mercado, la capacidad instalada de producción, los valores internacionales de los productos, problemas climáticos, los caprichos del capital, etc., etc. en donde más que la intervención personal de algunas personas y sus decisiones de donde colocar sus capitales y que hacer con ellos y las responsabilidades que les competen personalmente como integrantes de una comunidad de la cual ellos se benefician, estarían fuera de su poder de hacer y fueran solo victimas de las dialécticas del mercado y no responsables de las decisiones que afectan a un sinnúmero de gente en su vida cotidiana: en su salud y las posibilidades de supervivencia por sus carencias de alimentación, en sus posibilidades de acceder a lo que se consideran como cosas valoradas que deberían tener hoy en día la gente en nuestro sistema para ser consideradas como plenamente humanos. Lógica perversa que impone que la dignidad y humanidad está fijada por los valores ligados a los objetos que se ofrecen en el mercado del consumo y su poseción.

Saúl Jelen.